Comunicado: Por nuestro derecho a trabajar libres

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Comunicado: Por nuestro derecho a trabajar libres

En el mes de marzo se celebra el día internacional de la mujer. En dicha jornada se revindican los derechos de la mujer en la sociedad, su empoderamiento, y su igualdad en todos los ámbitos. Pero, desgraciadamente, no es algo que ocurre con todas las mujeres, pues, hemos descubierto, que si eres musulmana y llevas un pañuelo en la cabeza, lo tendrás más difícil para trabajar y se te cerrarán más puertas que al resto de mujeres.

Apenas hemos descansado de las actividades organizadas en el marco del día de la mujer, cuando en el tribunal europeo ya se les ha olvidado nuestras reivindicaciones: hoy martes 14 de Marzo de 2017, la “justicia europea” nos sorprende con una sentencia ambigua en la que avala la decisión de la empresa de negar el empleo a las mujeres musulmanas que usan pañuelo que cubre su cabello.

Esta vez no se trata de prohibirte la entrada a una playa francesa, se trata de nuevo de otro paso atrás en nuestras libertades y derechos más fundamentales, relegando, de nuevo, a la mujer y dejándola indefensa frente a abusos de poder. La sentencia europea dicta que no es discriminatorio si te prohíben trabajar llevando el velo, y como las sentencias discriminatorias no son políticamente correctas, disfrazan el argumento diciendo: que si la empresa discrimina un grupo religioso, entonces, hay una puerta abierta para denunciar. En otras palabras: Que ni intentes ir a buscar trabajo, porque si ya ahora tenemos difícil la inclusión laboral en igualdad de condiciones que el resto de la sociedad, sólo por el hecho de ser musulmanas y vestir hiyab (pañuelo en la cabeza), en la Europa de las libertades se nos niega este derecho tan básico y esencial.

Creemos que esta sentencia, si se lleva a cabo, tendrá consecuencias muy negativas, pues supone ir en contra de los derechos humanos más fundamentales:

* Niega a las mujeres musulmanas integrarse en el mundo laboral con naturalidad y normalidad, favoreciendo la precariedad laboral, la exclusión, la estigmatización y la pobreza.

* Da pie a las empresas a discriminar más al colectivo de mujeres musulmanas que usan hiyab en su vida diaria, ya que hoy en día se producen despidos a mujeres sólo por el hecho de llevar hiyab.

* Niega el derecho a la propia imagen y a la identidad individual y el derecho a la intimidad

Por último, dejamos esta reflexión:

¿Qué diferencia hay entre el fundamentalismo de los talibanes que prohíben a las mujeres estudiar y trabajar, del cual nos “querían liberar” y el fundamentalismo que nos desprotege ante las situaciones de cualquier tipo de discriminación? ¿Es que no se dan cuenta que el trabajo y la independencia económica es uno de los pilares fundamentales que la mujer necesita – como cualquier otra persona – para ser libres e independientes y no tener que necesitar absolutamente de nadie? ¿o es lo que molesta es la libertad de las mujeres? ( No olvidemos, que en el parlamento europeo ya se han escuchado voces que niegan que las mujeres seamos seres inteligentes y que además por ello debemos cobrar menos)

La diferencia estriba en que los primeros actúan en su nombre y se manifiestan en nombre de sus ideologías fundamentalistas extremas y radicales, y aquellos que han emitido la sentencia de hoy, lo hacen disfrazando su islamofobia con leyes, burocracia y sentencias ambiguas que dan pie a una clara discriminación ante la cual no deberíamos callarnos.

¡Basta ya de violencias y de discriminaciones!